Un fallo de la Justicia federal dispuso la suspensión del decreto presidencial que había paralizado la Ley de Financiamiento Universitario y exigió al Gobierno nacional restablecer su plena vigencia. La resolución ordena, además, implementar de forma inmediata la actualización de salarios docentes y la recomposición de becas para estudiantes universitarios, al considerar que la medida del Ejecutivo vulneró el proceso legislativo y derechos constitucionales.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, a cargo del juez Martín Cormick, quien instruyó al Poder Ejecutivo a cumplir con la norma sancionada por el Congreso. En su fallo, el magistrado remarcó que la ley atravesó todas las instancias previstas —incluido el veto presidencial y la posterior insistencia parlamentaria con las mayorías requeridas— y que, por lo tanto, no puede ser dejada sin efecto mediante un acto administrativo.
Cormick sostuvo que existe una obligación inequívoca del Estado de acatar las leyes vigentes y que la Constitución no habilita al Ejecutivo a suspender su aplicación por decreto. En ese sentido, subrayó que la insistencia legislativa debe prevalecer y que cualquier intento de neutralizarla carece de sustento constitucional.
En los fundamentos, el juez advirtió que el deterioro salarial impacta no solo en el colectivo docente sino también en el derecho a enseñar y aprender consagrado en el artículo 14 de la Constitución Nacional. Asimismo, señaló que negar la medida cautelar implicaría un ahorro marginal para el presupuesto general, insuficiente para justificar la afectación de derechos básicos del sistema universitario.
La causa se originó luego de que, pese a la ratificación de la ley por ambas cámaras del Congreso tras el veto presidencial, el Ejecutivo dispusiera su suspensión mediante un decreto. Para la Justicia, una norma administrativa no puede anular los efectos de una ley formalmente sancionada y ratificada por el Parlamento.
El magistrado también rechazó el argumento oficial basado en la Ley 24.629, que exige identificar fuentes de financiamiento para nuevos gastos. Según el fallo, esa disposición no puede imponerse por encima de un mandato constitucional ni de una ley aprobada por el Congreso. Además, descartó que la cautelar genere daños irreversibles a las finanzas públicas, al tratarse de una medida provisoria, revisable y compatible con el debate presupuestario en curso.
La suspensión del decreto se mantendrá vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva y fue otorgada con caución juratoria, en resguardo del principio de división de poderes.
Financiamiento universitario: salarios y becas
La Ley 27.795 apunta a garantizar la continuidad y el sostenimiento del sistema universitario público. Entre sus ejes centrales establece la actualización automática de los presupuestos universitarios según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, la recomposición salarial de docentes y no docentes —con carácter remunerativo y bonificable e incorporación de sumas no remunerativas— y la convocatoria obligatoria a una paritaria nacional con actualizaciones mensuales al menos equivalentes a la inflación.
La norma también contempla el fortalecimiento y la revisión de los programas de becas, especialmente aquellos destinados a estudiantes en situación de vulnerabilidad, aspecto que el fallo ordenó restituir de manera inmediata.